Las urgencias y los decretos
Publicado en Diario Uno el Lunes 6 de Enero de 2020
Entre la disolución del Congreso de la República a fines de Septiembre y la fecha, el Poder Ejecutivo ha emitido 45 Decretos de Urgencia (DU), y con seguridad emitirá algunos más en el tiempo que queda hasta la elección e instalación del nuevo congreso.
A este ritmo, de acuerdo a los establecido por la Constitución Política para estas situaciones, la nueva representación parlamentaria nacional a ser elegida a fines de este mes no solamente tendrá que representar, fiscalizar y legislar (sus funciones normales) sino que también tendrá que revisar y decidir sobre unos 50 y60 DU.
Algunos apuntan en la dirección correcta. Por ejemplo, los de universalización del aseguramiento en salud mediante y acceso a medicamentos genéricos; del fomento del libro y del cine: del control de fusiones empresariales para evitar concentraciones monopólicas; de la absorción por universidades públicas de estudiantes de universidades que no logran el licenciamiento.
Pero otros deberían ser rechazados por el nuevo Congreso, porque responden a la presión de intereses privados a costa del interés público. Entre ellos tenemos al DU Nº 043-2019,que extiende por 10 años más “beneficios de carácter tributario, laboral y de seguridad social a las personas naturales o jurídicas que desarrollan cultivos y/o crianzas, así como actividades agroindustriales”.
Estos beneficios están vigentes desde fines del gobierno de Alberto Fujimori y no existe ninguna justificación para que los trabajadores deban de subsidiar durante 30 años consecutivos las ganancias de grandes inversionistas en este sector de la economía.
También al DU Nº 026-2019 y el DU Nº 027-2019 que lo modifica, que facilitan la expropiación de propiedades para obras viales en el corredor minero Cusco – Apurímac, afectando los derechos de propiedad y la capacidad de negociación de las comunidades y los campesinos locales para favorecer a los grandes inversionistas mineros, en un territorio que ya presenta un alto nivel de conflictividad social.
Y finalmente al DU Nº 044-2019, que fortalece la capacidad sancionadora del Ministerio de Trabajo en caso de muerte de trabajadores o riesgo a su seguridad y salud, incluyendo el cierre de la empresa.